Concurrencia de convenios: Prior in tempore, potior in iure

STS 59/2025, de 29 de enero

El pasado 29 de enero, el Tribunal Supremo dictó sentencia núm. 59/2025, en la que concluye que el convenio colectivo de empresa prevalece sobre el sectorial cuando el primero es anterior en el tiempo, aplicando el principio de “prior in tempore, potior in iure” y los arts. 42.6 y 84 ET.

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