El Tribunal Supremo define que se entiende por cuidado directo, continuo y permanente de un menor con enfermedad grave

STS núm. 362/2026, de 14 de abril de 2026 (Rº 1822/2025)

El Tribunal Supremo dictó, el 14 de abril de 2026, la sentencia núm. 362/2066 (ECLI:ES:TS:2026:17881) en la que estima el recurso de casación interpuesto por una madre a la que denegaron la prestación para cuidar de su hija y define qué debe entenderse por «cuidado directo, continuo y permanente del menor», a los efectos de generar el derecho a percibir la prestación económica por cuidado de hijos afectados por cáncer u otra enfermedad grave (CUME).

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