Art. 15 Constitución Española (CE)
El derecho a la vida y a la integridad física y moral, art. 15 Constitución Española (CE), se configuran como los derechos más básicos y primarios de todos los reconocidos en la Constitución. El derecho a la vida es un derecho fundamental esencial y troncal, en cuanto antecedente sin el cual el resto de derechos fundamentales no existirían. Indisolublemente relacionado con este derecho, en su dimensión humana, se encuentra el valor jurídico fundamental de la dignidad de la persona, reconocido en el art. 10 CE como germen o núcleo de unos derechos que le son inherentes.
En el ámbito de las relaciones laborales, pueden verse vulnerados como consecuencia de actuaciones no sólo del empresario o de quienes ejercen los poderes del empresario en la empresa, en particular de los superiores y mandos jerárquicos, sino también de los restantes trabajadores.
En el presente Informe, analizamos la jurisprudencia constitucional sobre estos derechos, citando también algunas sentencias relevantes de otros tribunales, dedicando una especial atención a la vulneración que se produce con motivo del acoso sexual.
[Informe a continuación]