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jurisprudencia

JURISPRUDENCIA

Despido en contrato fijo-discontinuo – STS nº53/2022 de 20 de enero

El plazo de caducidad comienza desde la falta de llamamiento, incluso en IT

La sentencia del Tribunal Supremo de 20 de enero de 2022, resuelve que el dies a quo para interponer demanda por despido en el caso de los contratos fijos-discontinuos, comienza el día en el que el empresario incumplió el deber de llamar al trabajador para su reincorporación. El plazo es el mismo, aunque la persona trabajadora se encuentre en situación de incapacidad temporal, sin que deba esperar el alta médica.

[Informe a continuación]

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