Elecciones sindicales: cómputo de jornadas del personal temporal.
El pasado 15 de noviembre, la Sala de lo Social del Tribunal Supremo (TS) dictó sentencia1 por la que resuelve el recurso de casación para la unificación de doctrina interpuesto contra la dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJ), sobre demanda en Materia Electoral a fin de determinar cómo se han de computar las jornadas trabajadas por el personal temporal durante el año anterior a la convocatoria de elecciones sindicales.
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