El incentivo anual por asistencia también se debe abonar en casos de reducción de jornada por guarda legal

STS 1028/2024, de 17 de julio

El Tribunal Supremo dictó sentencia, el pasado 17 de julio, nº 1028/2024, en la que desestima el recurso de casación planteado por la empresa demandante y determina que el abono relativo al incentivo anual por asistencia, con el objetivo de reducir el absentismo, también debe abonarse a las personas trabajadoras que se encuentran en situación de reducción de jornada por guarda legal.

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