Una perspectiva distinta del mundo del trabajo

analisis

ANÁLISIS

Recomendaciones para la negociación colectiva de la IA

Capítulo XVI.3 del V AENC

El V Acuerdo por el Empleo y la Negociación Colectiva (V AENC) contiene un capítulo dedicado exclusivamente a la Inteligencia Artificial. Una cláusula pionera en el mundo de la negociación colectiva, prácticamente sin precedentes en Europa (y por supuesto, sin parangón en América o Asia) y que ejemplifica como el diálogo social puede situar a la regulación – consensuada en este caso- muy cerca de la realidad tecnológica que nos sobreviene; haciendo efectivo además el mandato suscrito en el Acuerdo Marco Europeo de los agentes sociales sobre digitalización de 20201 en su apartado “Artificial Intelligence (AI) and guaranteeing the human in control principle”, un concepto adelantado a su tiempo, como el vertiginoso desarrollo de la IA ha demostrado en escasos meses.

[Análisis a continuación]

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