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JURISPRUDENCIA

STS del TJUE (asunto c-392/21). Trabajos con pantallas de visualización

Trabajos con pantallas de visualización: Obligación empresarial de proporcionar Gafas graduadas o dispositivos análogos.

El pasado 22 de diciembre el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) dictó sentencia sobre el asunto C- 392/21, TJ c. Inspectoratul General pentri Imigrări (Inspección General de Inmigración), en la que responde a las cuestiones prejudiciales
planteadas por el Tribunal Superior de Cluj (Rumanía), sobre la interpretación del art. 9 de la Directiva 90/270/CEE del Consejo, de 29 de mayo de 1990, referente a las disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas al trabajo con equipos que incluyen pantallas con visualización. La Sala concluye que, conforme al art. citado, la empresa debe facilitar dispositivos correctores especiales (gafas graduadas o análogos) si los reconocimientos médicos demuestran que son necesarios, aunque no exista nexo causal entre el trastorno y la actividad desarrollada.

[Informe a continuación]

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